El Protocolo de vigilancia radiológica de los materiales metálicos es un documento firmado en 1999 y que sirve como marco de referencia para la vigilancia radiológica. En noviembre de 2021 llegó a su tercera revisión, en la que se establece que las empresas adheridas al protocolo cumplen, de facto, los requerimientos del Real Decreto 451 de 2020, que establece la obligatoriedad de contar con sistemas de detección de fuentes huérfanas en las empresas de reciclaje de metal.
La aparición de fuentes de radiación no controladas, conocidas como fuentes huérfanas, supone un grave problema de seguridad, además de daños irreparables a las personas y al medio ambiente si no se detectan de forma correcta para su posterior control.
El Protocolo de Colaboración para la Vigilancia Radiológica de los Materiales Metálicos constituye el marco de referencia para la vigilancia radiológica de los metales destinados al reciclado en España. Este protocolo se firmó en noviembre de 1999 entre el entonces Ministerio de Industria y Energía, el Ministerio de Fomento, el Consejo de Seguridad Nuclear, la Empresa Nacional de Residuos Radiactivos (Enresa), la Unión de Empresas Siderúrgicas (Unesid) y la Federación Española de la Recuperación (FER). Desde su firma, a este protocolo se podían adherir de manera voluntaria las empresas dedicada al reciclaje de metal comprometidas con la detección de fuentes de radiactividad.
En 2020 entró en vigor el Real Decreto 451, que establece la obligatoriedad de que las empresas que reciclan grandes cantidades de metal cuenten con sistemas fiables de detección para evitar o reducir en lo posible la exposición de los trabajadores y de los miembros del público a las radiaciones ionizantes, y la contaminación del medio ambiente, como consecuencia de la existencia de fuentes huérfanas.
El protocolo, tras la publicación del RD 451 en 2020 sigue vigente. El pasado día 22 de noviembre de 2021 llegaba a su tercera versión que establece que las empresas adheridas al protocolo ya cumplen con lo establecido en Real Decreto. Además, al estar adheridas al Protocolo no necesitan realizar el pertinente registro gubernamental de instalaciones que se establece en el documento.
Cumplir con el RD 451/2020: qué es necesario.
Las instalaciones industriales de procesamiento de metales cuentan con diversas en las que la detección de fuentes huérfanas de radiactividad. Puede consultar el equipo y la instrumentación necesaria para llevar a cabo esta labor en este artículo. Para cumplir con la legislación vigente, Aplicaciones Tecnológicas de la Física cuenta con pórticos de detección de radiación, instrumentación portátil y espectrómetros.
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